Ante diversas inquietudes y dudas manifestadas en diversas asambleas, planteamos un recordatorio de los puntos más importantes planteados en el Decreto a tener en cuenta para el proceso de titularización actual.
DECRETO PROVINCIAL 1672/22 – TITULARIZACIÓN DOCENTE de Nivel Secundario, Modalidades y Bachilleratos Populares
¿Quién Titulariza?
- Todo docente interino al 01/07/2022 de nivel secundario, modalidades y bachilleratos populares.
- No entran en el proceso de titularización horas EDI, horas P.O.T., proyectos con fecha de finalización, cargos o espacios curriculares para un número determinado de promociones.
¿Cuáles son los requisitos? (Art. 9° del Anexo I)
- Docentes que se encuentren en situación activa o en usufructo de licencia sin goce de haberes.
- Contar con un concepto profesional de calificación no inferior a muy bueno (artículo 14° del anexo I).
- Antigüedad:
1. Título docente: sin requisito de antigüedad al 01/07/2022.
2. Habilitante: con 18 meses de antigüedad.
3. Supletorios o idóneos: 3 años de antigüedad.
¿Qué se considera para la antigüedad? (Art. 10° del Anexo I)
- Suplentes: que hayan cambiado de situación de revista a interino/a al 01/07/2022. Se considerará como antigüedad el alta como suplente.
- Reubicados/as: se considera fecha de alta aquella en la que ingresaron con anterioridad a la reubicación.
¿Cuántas horas y/o cargos puedo titularizar? (Art. 12 y 13 del Anexo I)
- Hasta 42 horas cátedra semanales.
- 1 cargo turno simple y 22 horas cátedra.
- 1 cargo jornada completa y 16 horas cátedra.
- 2 cargos jornada simple y 6 horas cátedra.
- Incluye el artículo 9° de la ley 761.
Incompatibilidades (Art. 15 del Anexo I)
- Una vez confirmado como titular, y observada la incompatibilidad a la ley 761, el docente podrá optar por el cargo u horas cátedra de su preferencia (superposición horaria o exceso de horas/cargos no previstas en el artículo 9°).
Ejemplo: en un mismo turno tengo 6 hs. cátedra licenciadas por mayor remuneración por un cargo de Maestro Tutor o Preceptor, ambos interinos. Al titularizar ambos se presentaría una superposición horaria, por lo tanto, deberé optar por quedarme con las horas cátedra o el cargo.