La justicia, herramienta de la política en Tierra del Fuego

En el juicio a docentes y camioneros no están dadas las condiciones procesales para llegar a la audiencia. Hay pruebas documentales de cómo se están salteando pasos procesales para que el juicio se lleve a cabo en el mes de noviembre, días antes de que asuma el nuevo gobierno provincial y se vaya el actual.

Ushuaia-Tierra del Fuego-. 27-10-15. El sistema republicano se basa en la división e independencia de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Estos poderes a su vez deben controlarse entre sí y mantener su independencia unos de otros.

En Tierra del Fuego, la justicia no es independiente. La criminalización de la protesta social que sufren compañeros docentes y camioneros nuevamente pone de manifiesto la utilización de la justicia por parte de la clase política para lograr sus objetivos. Y es el Poder Judicial de Tierra del Fuego el que acepta ser usado muy sumisamente.

El proceso penal que enfrentan los trabajadores y dirigentes sindicales se ve envuelto hoy una serie de irregularidades en las que se incurren para lograr un enjuiciamiento y una condena de modo inmediato en el mes de noviembre de 2015. Para lograrlo, el Tribunal de Juicio de la ciudad de Ushuaia avasalla las más mínimas garantías de los procesados. El mismo está compuesto por jueces que están investigados, denunciados y que son adictos a quienes los someten.

No están dadas las condiciones procesales para llegar a la audiencia de debate en el juicio oral y público.

¿Por qué decimos que no están dadas las condiciones para llegar a la audiencia?

En primer lugar, se fija una fecha de debate sin la antelación suficiente que prevé el artículo 329 del código procesal. Esa antelación resulta necesaria para la preparación del juicio y para lograr un efectivo ejercicio del derecho de defensa. No obstante, cuando es costumbre del tribunal notificar con mayor antelación a los no menos de diez días previstos por el código procesal, en el presente caso no duda en transgredirlo. ¿Por qué no respetaron los plazos legales para la fijación de audiencia?

Para poder llevar a cabo el juicio en el mes de noviembre, se suspendieron las audiencias de otros tres juicios que ya estaban programados con antelación, en las cuales los imputados se encuentran privados de la libertad, por lo que tienen prioridad en la agenda judicial. ¿Por qué modificaron intempestivamente la agenda de estos juicios?

Pretenden impedir que los compañeros camioneros puedan ser defendidos por su abogado de hace más de 15 años, el abogado que transitó toda la causa, y que no puede asistir a las audiencias de debate por cuestiones de salud previas a la intempestiva fijación de audiencia. El tribunal tiene antecedentes de mudar fechas de audiencias. El artículo 91 del código procesal dice que los imputados tienen derecho a contar con la defensa de un abogado de su confianza. ¿Por qué el tribunal decide privar de tal derecho a los trabajadores?

El artículo 329 del código procesal establece que se fijará la audiencia de debate una vez que finalice la instrucción suplementaria. En este caso, se fijó fecha de audiencia de debate sin finalizar las diligencias dispuestas por el mismo tribunal como instrucción suplementaria. ¿A qué se debe tanto apuro que lleva al Tribunal a no observar tan básica norma?

Al momento de la fijación de audiencia de debate, aún no se habían realizado los informes socio-ambientales de los imputados, que son necesarios para todo proceso judicial. ¿Por qué se fija fecha de audiencia antes de terminar de realizar los informes socio-ambientales de los imputados?
¿Por qué el tribunal no respeta los plazos legales para preparar la defensa? ¿Por qué modifica abruptamente su agenda de juicios que tienen prioridad por imputados detenidos? ¿Por qué no le permite a los compañeros del gremio de camioneros que el abogado de confianza realice la defensa? ¿Por qué no aguardaron a que finalizaran los procesos de instrucción y se realizaran los informes socio-ambientales?

¿Por qué llevan a juicio presurosamente a estos trabajadores sin que estén dadas las condiciones para llegar a la audiencia de debate?

Sabemos que hay juicios que pueden tratarse con mayor velocidad que otros. PERO NUNCA VIOLANDO TAN FLAGRANTEMENTE LA LEY. Los recursos han sido interpuestos, sin embargo las respuestas son todas evasivas.

Tal empeño en que el juicio oral que criminaliza la protesta social sea en el mes de noviembre, antes de la finalización del mandato de la principal impulsora FABIANA RÍOS, y previo a la asunción del cargo de la gobernadora electa ROSANA BERTONE, indica, sin ningún tipo de dudas, que el Poder Judicial se encuentra cumpliendo órdenes políticas.

Este proceso, plagado de incumplimientos y avasallamientos al constitucional derecho de defensa de los trabajadores, ciudadanos y vecinos de esta provincia, nos expone a todos y compromete claramente la paz social. Los primeros que no cumplen con la ley son los jueces. Y si los jueces no aplican la ley, no hay justicia que nazca del poder judicial. Y estas alteraciones SERÁN RESPONSABILIDAD INELUDIBLE DEL TITULAR DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA, EL JUEZ JAVIER DARÍO MUCHNIK, quien debe dar explicaciones de semejantes incumplimientos que se verifican a las órdenes del Poder Judicial que preside.

Muchnik debe dar explicaciones de la utilización a la que se está prestando. Es hermano de la abogada socia de Guillermo Aramburu. Ministro Coordinador de Ríos, que votó en el Consejo de la Magistratura para su nombramiento. Evidentemente, Muchnik debe favores políticos. El Sr. Muchnik debe dar explicaciones de este manoseo a toda la ciudadanía y de la mala utilización de la justicia para los fines políticos de quienes persiguen a los trabajadores.

Que la justicia no sea independiente y sea un instrumento político hoy afecta a los actores sociales y líderes sindicales que constituyen una oposición a las políticas de ajuste y antipopulares que se pretenden imponer.

Pero también pueden ser perseguidos periodistas, trabajadores, organizaciones no gubernamentales, políticos opositores, etc.

Si la sociedad fueguina permite que la justicia se preste a la utilización con fines persecutorios de quienes dirigen los destinos de la Provincia, toda la sociedad corre serios riesgos.

Si lo hacen una vez, lo seguirán haciendo siempre. TODOS ESTAMOS EXPUESTOS.

NECESITAMOS UN PODER JUDICIAL INDEPENDIENTE DEL PODER POLÍTICO. QUE LOS RESPONSABLES DEN LAS EXPLICACIONES DEL CASO, O SE SOMETAN A LAS DENUNCIAS Y PROCESOS CORRESPONDIENTES.

La ley, para ser tal, debe ser imperativa. Cuando la justicia no respeta la ley, no hay ley.

Documento elaborado en base al informe del Equipo Jurídico del SUTEF.
Secretaría de Prensa y Difusión SUTEF

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