El 6 de noviembre se homologó un acuerdo con los siguientes puntos:
- Se quitó el requisito de la antigüedad de dos (2) años para el usufructo de la Licencia por afectaciones o lesiones de largos tratamiento.
- La licencia por accidente de trabajo y enfermedad profesional generaría derecho a la LAR (vacaciones).
- Se incorpora como causales de interrupción de la LAR incendios de la vivienda habitual del docente y catástrofes.
- La ampliación a ciento ochenta días (180) días la licencia por adopción.
- Asimismo se incorpora un inciso en el apartado sobre Licencias Especiales: atención de familiar con enfermedades crónicas o de largo tratamiento.