Compañeros informamos las Condiciones Generales de los prestamos IPAUSS:
Destinado a:
- Afiliados Activos del I.P.A.U.S.S que sean aportantes simultáneos a ambos sistemas de la seguridad social (asistencial y previsional).
- Afiliados Pasivos del IPAUSS (jubilados y pensionados vitalicios).
Importe Máximo: Pesos VEINTE MIL ($ 20.000,00)
Plazo de devolución: Hasta Veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas.
Sistema de amortización: Sistema de Amortización Francés.
Tasa de interés: Tasa VARIABLE. Para calcular la misma se tomará como base la TASA Nominal Anual (TNA) para operaciones a Préstamos Personales a Sola Firma del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, menos CINCO (05) puntos porcentuales anuales.
Gastos Administrativos: Se establece un cargo por este concepto del DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%) sobre el monto otorgado, el que se deducirá por única vez al momento de la acreditación del préstamo solicitado.
Seguro de Vida: Al solo efecto de cancelar el saldo deudor en caso de fallecimiento del afiliado titular, se incluye un recargo mensual en concepto de Seguro de Vida equivalente al CERO COMA TRES POR CIENTO ( 0,3%) sobre el saldo deudor.
Interés por Mora: El pago fuera de término de la obligación contraída dará lugar a la aplicación de intereses moratorios, los que se liquidarán sobre cada cuota impaga.
Los intereses moratorios se computarán desde el día del vencimiento de la obligación y hasta el momento de su efectivo pago. Sin perjuicio de ello, y a los fines de asegurar su percepción, los intereses serán liquidados al momento de cargarse las novedades del mes siguiente al incumplimiento y enviado conjuntamente con la liquidación de dicho mes. En el caso de haber finalizado el plazo de financiación, se enviarán los intereses que devengó el tiempo en mora, como cuota adicional.
El interés moratorio que el Instituto aplique será del CERO COMA TRES POR CIENTO (0,3%) diario y se calculará sobre la cuota mensual correspondiente hasta su efectivo pago.
Fecha de Vencimiento de las cuotas: 20 de cada mes o el día hábil posterior si este resultare inhábil.
Morosidad y Cobranza: La gestión de morosidad estará a cargo del Departamento Comercial del IPAUSS quien estará facultado a realizar las intimaciones para la percepción de los montos que se adeudan, agotadas las cuáles procederá a dar intervención al servicio jurídico permanente de la institución a los fines de iniciar la instancia judicial.
La gestión de recupero de las cuotas mensuales estará a cargo del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego. Las cuotas que caigan en situación de morosidad serán reenviadas por el Departamento Comercial en la liquidación mensual subsiguiente a través del sistema administrativo establecido a tal fin.
Cancelación: Un afiliado podrá cancelar anticipadamente el préstamo concedido por esta operatoria. Para que ello pueda ser factible, deberá tener cancelado más del 50% del préstamo que tenga vigente el afiliado al momento de su solicitud. En dicha circunstancia se le descontarán los intereses no devengados a la fecha de pago recargándose toda otra deuda que se hubiese generado y sea exigible (cuotas en mora, intereses por mora y/o coseguros asistenciales en mora).
Deudas en mora: Ni el solicitante ni garante podrán encontrarse en situación de morosidad en ninguna de las operatorias crediticias vigentes en el IPAUSS (préstamos y/o coseguros) a la fecha de concesión del préstamo reglamentado por esta operatoria.
Acreditación Bancaria: El monto acordado será depositado en la Caja de Ahorro Sueldo abierta por el empleador a nombre del solicitante en la entidad financiera correspondiente.
Autorización de Débito Automático y Descuento de Haberes: El solicitante y codeudor autorizarán a que el IPAUSS pueda realizar el descuento de las cuotas del préstamo otorgado directamente de sus cuentas sueldo aperturadas por su empleador en el Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Provincial Nº 828/2004. En consecuencia de lo antes enunciado, no podrán acceder a la presente línea de préstamos quienes no perciban sus haberes en la citada entidad bancaria.
Quedarán exceptuados de lo establecido precedentemente los – Agentes dependiente de la Municipalidad de Ushuaia, dado que dicho organismo no adhirió al Decreto Provincial Nº 828/2004, a quienes se le efectuarán los débitos de las cuotas correspondientes a través del débito directo de sus respectivos recibos de haberes mensuales. – Los Jubilados que perciban sus haberes en caja de ahorro de entidad financiera distinta al Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, en cuyo caso el recupero se realizará de manera interna a través del Departamento de Haberes Previsionales del IPAUSS.
Codeudor: En la presente línea de préstamos será exigible la figura de un codeudor solidario que firmará la documentación conjuntamente con el afiliado solicitante. No se recepcionarán solicitudes con garantías cruzadas.
Doble Codeudor: Se exigirá un SEGUNDO codeudor solidario a todo afiliado que no posea situación de revista de Planta Permanente. Los afiliados de Planta Política no tendrán posibilidad alguna de acceder a la presente línea crediticia.
Tope de afectación Salarial y Haber computable: Será hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del HABER NETO, tanto para el Solicitante como para el Garante. El Departamento Comercial analizará la relación cuota – ingreso del solicitante a los efectos de determinar el grado de recupero del valor de la cuota del préstamo.
Certificado de remuneraciones: En el caso de que el IPAUSS lo considere necesario, tanto al solicitante como al o los garantes, en su caso, se les requerirá certificado de haberes suscripto por el empleador y deberá corresponder al haber habitual y permanente del cargo o categoría en cual goce de estabilidad, por lo cual no se computaran servicios extraordinarios, subrogancias o similares.
En el caso que el solicitante o el garante posea préstamos y coseguros vigentes con el Instituto, se computarán las cuotas de los mismos, dentro de las afectaciones de su haber neto.
Las deducciones a tomarse en cuenta para el cálculo de la afectación son todas aquellas que mensualmente se debitan de la caja de ahorro sueldo.
Requisitos para el solicitante:
Ser
afiliado titular (Pasivo o en actividad). En caso de ser empleados en
actividad, tanto solicitante como garantes deben ser aportantes
simultáneos a ambos sistemas de la seguridad social (Asistencial y
Previsional).
Afectación salarial de hasta el 50% de los haberes netos.
No poseer bloqueo de débitos en caja de ahorro sueldo ante en el Banco de la Provincia de Tierra del Fuego.
No poseer otro préstamo con el mismo destino. Caso contrario deberá tener cancelado más del 50% del préstamo vigente para acceder a un nuevo préstamo.
No encontrarse en situación de morosidad en ninguna de las operatorias crediticias vigentes en el IPAUSS (Préstamos y/o coseguros).
Requisitos para ser Garante:
Acreditar
estabilidad laboral mínima un (1) año y tener situación de revista de
Planta Permanente (estabilidad laboral en su empleo).
No poseer afectación salarial superior a la del solicitante.
No ser garante de otra operatoria de préstamo del IPAUSS.