La nota sobre excepción de presencialidad sugerida desde el sindicato y presentada por una parte de la docencia, ha tenido validez hasta el día de hoy, lunes 8 de marzo. A partir de la reciente publicación -hecha en las últimas horas- del decreto 479/21 del Gobierno Provincial, en donde se deja sin efecto el artículo 1° del decreto 467/20, se habilita legalmente la presencialidad en las Instituciones Educativas.
Por tal motivo, desde el sindicato se están analizando junto al equipo jurídico otras alternativas y el Congreso Provincial de Delegados y Delegadas de mañana, martes 9 de marzo, definirá los pasos a seguir.
A todos los y las docentes de todas las funciones, pedagógicas, administrativas y/o de gestión les pedimos que ante cualquier duda o ante cualquier observación de que no se cumpla con el protocolo, distanciamiento, o que no estén dadas las condiciones edilicias que garanticen la salubridad, higiene y cuidado de la salud, falta de insumos, cuidado al ingreso y egreso, permanencia, recreo, ventilación adecuada, etc. se comuniquen de inmediato con el sindicato, su delegado o delegada.
El Ministerio de Educación es responsable de que se cumpla el protocolo en cada Institución y que el mismo se desarrolle de la manera regulada y cuidada por el derecho a la salud que asiste a nuestros/as estudiantes, docentes y toda la comunidad educativa.
Informe de Comisión de Convenio Colectivo
Desde la Comisión de Convenio Colectivo de Trabajo informamos que: tomado conocimiento en el día de la fecha, 8 de marzo, sobre la publicación del decreto 479/21, en donde se deja sin efecto el artículo 1º del decreto provincial n.º 467/20, se habilita la presencialidad en las instituciones educativas que se encuentren en perfectas condiciones y cumpliendo con los protocolos aprobados por el COE a partir del día 09/03/21.