CELS será “amigo del tribunal” en el pedido de nulidad por las exoneraciones

El Centro de Estudios Legales y Sociales será un protagonista ajeno a la disputa judicial para expresar sus opiniones.

El Amicus Curiae (Amigos del Tribunal) es un procedimiento que permite a terceros, con interés en el tema, acercar una opinión al Tribunal. El objetivo es alcanzar una posición superadora del nivel de discusión habitual de cuestiones judiciales que de otro modo quedarían relegadas a lo que ocurre en las instancias jurídicas.

La convocatoria a amigos del tribunal se produce en el marco de causas en las que su resolución conlleva graves e importantes decisiones de una gran trascendencia institucional.

El CELS considera que “estamos frente a un caso de relevancia social en que se discute la posibilidad de exonerar al secretario general del sindicato docente provincial, en un contexto de conflictividad, enfrentamiento político con el gobierno y una actitud persecutoria por parte de la justicia penal”

Para el Organismo de Derechos Humanos “se encuentra en juego el efectivo respeto (…) de la libertad sindical, en su faz personal, en tanto se vulnera la tutela sindical del representante gremial, y su faz colectiva, toda vez que se vulneran los derechos de los integrantes del sindicato que legítimamente designaron a sus representantes sindicales”

El CELS aportó un escrito para ayudar al Superior Tribunal de Justicia con argumentos entre los que se destaca que

“es indispensable que (…) se respeten las mentadas garantías de debido proceso, en particular la que exige una adecuada fundamentación de la decisión sancionatoria y el respeto de su derecho de defensa”.

“Sin perjuicio de que el informe de la sumariante no tiene efecto vinculante en cuanto a la sanción que se imponga sobre el sumariado, lo cierto es que el Ejecutivo prescindió completamente de lo investigado en el sumario y decidió, sin fundamento razonable alguno, la imposición de la sanción más gravosa que contempla el ordenamiento jurídico”.

“Los representantes de los trabajadores, como el Sr. Catena, los órganos de protección del sistema interamericano de derechos humanos han advertido que se trata “defensores de derechos humanos” y que los ha identificado como un colectivo especialmente vulnerable y expuesto a situaciones de violencia y hostigamiento por sus actividades”

“El ejercicio de funciones legalmente conferidas al ejecutivo provincial para fines distintos de los regulados en la Constitución y las leyes es nulo de nulidad absoluta, de forma que la orden de exoneración dictada en contra del Sr. Catena ser descalificado de manera inmediata”.

“Debemos agregar que la exoneración impuesta no cumple con la exigencia de proporcionalidad que se exige para la imposición de toda sanción. Disponiendo de un amplísimo abanico de opciones para sancionar a los trabajadores, el Ejecutivo ordenó la ejecución de la más gravosa de todas”.

“Estamos hablando de una persona que goza de una doble protección en lo que respecta a su estabilidad en el empleo. Esto es así por cuanto se trata de un empleado público que, además, es un representante sindical elegido democráticamente por sus compañeros. Esto exigía a su vez una reforzada argumentación respecto de la necesidad, razonabilidad y proporcionalidad de la sanción impuesta”

“Con la exoneración del secretario general y su consecuente remoción, se afectan gravemente los derechos de todos los trabajadores que el exonerado representaba, cercenando los derechos sindicales de todos los trabajadores”.

“La sanción impuesta tiene un claro sentido aleccionador y su efecto se expande sobre todos los sindicatos de la provincia que, al momento de evaluar sus posibilidades de acción en un contexto social conflictivo, tendrán en cuenta el antecedente del sindicato docente y la reacción del gobierno provincial. Disciplinar no es un motivo válido para sancionar”

Si se atienden a las consideraciones de la causa, salta a la vista que nos encontramos ante lo que la doctrina y jurisprudencia califican como una desviación de poder, en el que “el funcionario actúa con una finalidad distinta de la perseguida por la ley”

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) es una organización no gubernamental dedicada a la promoción y protección de los derechos humanos en la Argentina. Según la Corte Suprema de Justicia de la Nación sus objetivos son la “defensa de la dignidad de la persona humana, de la soberanía del pueblo, del bienestar de la comunidad”

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