Tiempo transcurrido desde la presentación del Proyecto de Ley de Financiamiento Educativo de SUTEF
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Irregularidades en el acto público

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El SUTEF informa que hemos tomado conocimiento, a través de las consultas y reclamos de los y las docentes, de irregularidades en las designaciones y ofrecimientos del Acto Público Virtual llevado a cabo el 4 de junio de 2020 Resolución M.E.C.C. y T N°372/20.

Entendemos que el mismo no se ajustó a la Ley Nacional N°26206/06, Ley Provincial N°1018/15,Decreto N°268/00 y su modificatoria N°1607/02.
Es importante aclarar que el sindicato elevó en su oportuno momento un proyecto que respondía a tales normativas, denominado “Actos Públicos On line de la Educación Pública fueguina- Para el Nivel Inicial, Primario, Modalidades, Adultos y Gabinete, Educación Secundaria Obligatoria.”

Además, el proyecto del SUTEF debía ser discutido en paritarias con el Ejecutivo para que tenga la legitimidad del consenso y la legalidad que otorga un acuerdo paritario.

También es necesario decir que nunca fuimos consultados ni pudimos tomar conocimiento previo sobre el mecanismo puesto en marcha por el Ejecutivo.

Por lo cual reiteraremos el pedido de reunión paritaria para este tema.

Entendemos que las irregularidades surgen ante la falta de un instructivo que dé transparencia al mecanismo de inscripción y acto en mención, toda vez que el y la docente desconoce procedimiento a seguir debido a que:

🔸️ No ofrece claridad en torno a las múltiples instancias de inscripción, siempre que los cargos y horas repetidos con igual leyenda confunden al momento de la postulación y resulta que quien se inscribió para un paquete de horas o cargos entendía que lo estaba haciendo para todos los de igual denominación.

🔸️ No se haya especificado el derecho a optar por un cargo y ni tampoco el mecanismo de comunicación de esta opción, ya que el docente tiene derecho a la OPCIÓN cuando, sólo cuando se hallare inscripto en más de una modalidad o especialidad.

🔸️ No se observa mecanismo de notificación por parte del docente de renuncia previa, ya que no ofrecía la posibilidad de adjuntar renuncia aceptada para acceder a un nuevo cargo para él y la docente que estuviera ejerciendo un cargo y quisiera renunciarlo para acceder a otro.

🔸️ No se estableció una fecha de entrega del acta vía correo electrónico a los y las postulantes.

🔸️ No fueron expuestas las actas, por los medios oficiales de manera de que el o la postulante no solo tome conocimiento de la misma sino que, de no estar de acuerdo con la mencionada entrega, pueda impugnar o solicitar saneamiento de la misma.

Este mecanismo del Ejecutivo no cumple con la premisa de que lo único que debería ser diferente al acto de ofrecimiento de cargos y horas cátedras diarios, debía ser la virtualidad en lugar de la presencialidad.

Al no ser así, en el marco de lo expresado, observamos que los puntos señalados generaron quita de derechos a los y las docentes.

SUTEF

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