Reunión de Paritarias 28 y 20 de agosto

La semana pasada estaban previstas dos reuniones paritarias, el jueves 28 por salario y el 29 por convenio colectivo. El Ministerio de Trabajo, a solicitud del Subdirector de Asuntos Gremiales, Sergio Giadas, obsecuente con la arbitrariedad del Poder Ejecutivo, suspendió la reunión paritaria fijada para el día jueves en Río Grande.

En la mesa paritaria del viernes 29 los paritarios del SUTEF pidieron que se abriera la mesa de salario, lo cual no fue aceptado aduciendo que dicha discusión está prevista para el 2 de septiembre.

En cuanto al convenio colectivo se pidió que se dé respuesta en relación a la aplicación del acuerdo homologado el 6 de noviembre de 2013 a los trabajadores docentes que hayan debido usufructuar licencia de largo tratamiento entre dicha fecha y la entrada en vigencia del Decreto 1014/14.

A continuación se transcribe el acta paritaria de dicho día

En el día de la fecha, 29 de agosto de 2014, siendo las 14:00 horas, en la ciudad de Río Grande, comparecen previamente citados por este Ministerio de Trabajo, por SUTEF, los paritarios Sra. María Martínez, Sr. Horacio Muñoz, Sr. Héctor López Auil, Sr. Rene Massa y con el asesoramiento letrado del Dr. Néstor Sánchez Otharán y el Sr. Rodolfo Suárez; y el Ministerio de Educación Provincial representado por el Sr. Andrés Abdala, la Dra. Roxana Sánchez, el Dr. Pablo Nicolás Graffigna, con el asesoramiento de la Dra. Florencia Taborda y el Ministerio de Gobierno representado por el Director de Asuntos Gremiales Sr. Sergio Giadas.————————————————————————-

En uso de la palabra los representantes sindicales manifiestan: que solicitan que en el día de la fecha se haga apertura la mesa de salario y de convenio de acuerdo a lo que establece el reglamento interno en su Articulo 4to. y a la suspensión de la paritaria salarial del día 28 de agosto pasado. Asimismo solicitamos que el Ministerio de Trabajo resuelva la metodología a seguir en lo referido al desarrollo de la presente Paritaria. ——-

Dada la palabra al Ministerio de Educación, el mismo manifiesta: que el marco de la convocatoria del día de la fecha quedó establecido en el acta paritaria de fecha 15 de agosto y fue a los efectos del tratamiento en la mesa negociadora del Convenio Colectivo. Habiendo sido ya comunicado por el Ministerio de Educación respecto a la agenda planteada por el sindicato como prioritario el tratamiento del régimen de licencias, justificaciones y franquicias. Cabe resaltar que ya fue convocada la mesa paritaria salarial para el día 2 de septiembre del corriente en la ciudad de Río Grande.————————-

Esta autoridad laboral manifiesta que en referencia a lo solicitado por la entidad sindical, procederá a elevar las actuaciones al Departamento Jurídico del Ministerio de Trabajo a los fines resolutorios del planteamiento realizado por la misma.——————————–

Se procede a la apertura de la mesa a los fines de dar tratamiento al régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias. Toma la palabra el SUTEF y manifiesta: la entidad sindical solicita respuesta acerca de lo peticionado con respecto a la fecha de inicio de vigencia del acuerdo de Licencias (L.A.R. y Licencias Especiales). En particular solicitamos se dé respuesta en relación a la aplicación del acuerdo homologado el 6 de noviembre de 2013 a los trabajadores docentes que hayan debido usufructuar licencia de largo tratamiento entre dicha fecha y la entrada en vigencia del Decreto 1014/14. Asimismo toda vez que la Ley 424 establece que los acuerdos alcanzados entre las partes regirán a partir de su publicación en el Boletín Oficial y la Resolución a la que hacemos mención más arriba aun no ha sido publicada, solicitamos formalmente a esta Cartera Laboral que disponga los medios necesarios para conminar al Boletín Oficial a su publicación, no solo esta Resolución si no también de las que en lo sucesivo se dicten. De tal manera esta Subsecretaria tendrá en sus manos los medios para evitar esta clase de conflictos con la oscuridad que surge de la propia Ley 424 en relación a la norma aplicable entre la fecha de homologación y el dictado de un Decreto del Poder Ejecutivo. Por su parte la entidad sindical solicita a la Subsecretaría que le fije un plazo al Ministerio de Educación para establecer su postura ya que las afecciones que implican un largo tratamiento resultan ser una cuestión trascendental en la vida del docente, quien no puede aguardar la lentitud y la pasividad que el Ministerio mantiene en relación al pedido que hace varios meses se realizó.—————————————————————————————————
Respecto al Régimen de Licencias Extraordinarias realizamos las siguientes consideraciones: en relación al Titulo III, Cap.I, Articulo 4, Punto V de las Licencias Extraordinarias:
Punto a – sin goce de haberes
Ejercicio transitorio de otros cargos: consideramos que el punto 1.5 no debe ser incorporado a este capítulo, ya que el mismo esta incluido dentro de la Ley Provincial 424 Articulo 23 y en acuerdos firmados por medio de acta acuerdo entre el Sindicato y el Ministerio de Economía con respecto a Licencias Gremiales con goce de haberes.——————————————————————————-
Para acompañar al cónyuge o concubino: solicitamos se contemple todas las situaciones de revista prevista en el Convenio Colectivo (incluir a los interinos y suplentes).————————————————————————————–
Razones particulares: solicitamos que las mismas sean acumulativas hasta llegar al año y que se pueda solicitar nuevamente esta licencia una vez trascurrido los dos años desde la finalización de la misma. —————————————————
Razones de estudio: que esta licencia sea otorgada a docentes titulares e interinos.-

Punto b – con goce de haberes

Matrimonio del docente: donde dice licencia anual ordinaria corresponde decir licencia anual reglamentaria.—————————————————————–
Matrimonio de sus hijos y padres: se debe incluir en la redacción “matrimonio o unión civil de cada uno de sus hijos y/o padres”.——————————————
Para actividades deportivas: se han recibido numerosas solicitudes de los docentes para que se incluya en esta licencia las actividades artísticas y culturales.————
Solicitamos a su vez en el punto IV de licencias especiales que el inciso J incorpore los noventa (90) días sin goce de haberes una vez vencido la licencia con goce de haberes.——————————————————————————

Además esta entidad sindical solicita incorporar a la discusión referidas a licencias los siguientes puntos:
1- Tratamiento por extraña enfermedad.——————————————————-
2 – Enfermedades crónicas.———————————————————————–
3 – Violencia de género.—————————————————————————

Se cede la palabra al Ministerio de Educación y manifiesta: que recepta las observaciones realizadas por la entidad sindical en relación a la propuesta que se corriera traslado el día 15/08/14. Asimismo se hace saber que concretamente al inciso de licencia por razones particulares ap. V inc. a) Punto 3, consideramos que su redacción resulta clara al decir en forma “continua o discontinua”, sin perjuicio de lo cuál se trabajara en una mejor redacción del mismo.————————————————————————–
Asimismo esta parte corre traslado de lo trabajado sobre el apartado VI “justificaciones y Franquicias”.——————————————————————————————–
Por otra parte en relación a lo solicitado por la entidad sindical en relación a la aplicación del decreto provincial Nº 1014/14 de lo homologado oportunamente sobre licencias, esta parte se compromete a contar con una respuesta para la próxima mesa negociadora de CCT.—————————————————————————————————–

Ambas partes manifiestan que habiendo trabajado en la presente reunión sobre los incisos i, j y k, correspondientes al artículo 4º ap. III, y el inciso b) punto 1, 2, 3, 4 y 8 correspondientes al apartado V “licencias extraordinarias”, se traerá para la próxima reunión el texto definitivo de los mismos a los fines de que se proceda a su posterior homologación. —————————————————————————————–
Cedida la palabra nuevamente a la entidad sindical, manifiesta: que es imperante para el sector que, a para la próxima convocatoria se trate la cuestión referida a el escalafón docente de nivel secundario ya que en la actualidad existe un sinnúmero de cargos que se encuentran sin ser incorporados al mismo, siendo eso obligatorio por imperio de la ley 14.473. Sin embargo, como ello es materia de negociación en el marco de la ley 424, corresponde convocar sin más a tratar dicha materia. En virtud de lo expuesto solicitamos que se fije nueva fecha de comisión, determinando como agenda a negociar la homologación de los acuerdos arribados en materia de licencias, justificaciones y franquicias, continuar con su tratamiento, y abordar el tema escalafón.-

Toma la palabra el Ministerio de Educación y manifiesta que a los fines de comenzar a tratar el capitulo correspondiente a escalafón y continuar con lo referente a “Régimen de Licencias” se fije mesa negociadora para CCT para el día lunes 08/09/14 a las 12:00 hs. en la ciudad de Ushuaia en el Ministerio de Trabajo de esa ciudad.

Se fija nueva fecha de Mesa Negociadora (C.C.T.) para el día lunes 08 de septiembre del corriente año, a las 12:00 horas, en las oficinas del Ministerio de Trabajo sito en Fadul y Deloqui de la ciudad de Ushuaia, quedando las partes debidamente notificadas en este acto.——————————————————————————————————

Siendo las 17:28 horas se da por finalizada la presente audiencia, previa lectura y firma de los comparecientes para constancia por ante mí que CERTIFICO.—————————–

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