Este martes 11 de noviembre, representantes del Sindicato Unificado de las Trabajadoras y los Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF) y del Ministerio de Educación de la Provincia acordaron la creación del Comité Mixto de Salud y Seguridad del Trabajo Docente, en el marco de la Ley Provincial Nro. 424 (ver informe y acta en https://sutef.org/creacioncomitemixto).
De manera provisoria y hasta tanto se encuentre debidamente constituido e integrado el Comité Mixto, atento a la reiteración de hechos de violencia suscitados en los las últimas semanas, las partes acuerdan implementar un protocolo provisorio para el ingreso al establecimiento de personas que no integren el plantel de trabajadores docentes, no docentes y estudiantes de la institución.
El protocolo dispone que:
a) Todos los establecimientos educativos deberán tener sus puertas y/o portones de acceso y salida a la vía pública cerrados con llaves o mediante cualquier otra forma que permita efectuar un adecuado control de las personas que ingresan a la institución.
b) El Ministerio de Educación deberá designar personal encargado de controlar que estas puertas y/o portones permanezcan cerrados durante el horario de clases. Así cómo también de recibir a las personas, registrar sus datos en un libro de actas (horario del ingreso, nombre, apellido, DNI, vínculo con la institución y motivo de consulta) y comunicar al personal jerárquico a cargo de dicha solicitud.
c) Quien desee ingresar deberá esperar la autorización de ingreso por el personal jerárquico FUERA DEL ESTABLECIMIENTO. Una vez autorizado, el personal designado por el ministerio acompañará a la dirección al ingresante.
d) Las reuniones con las familias deberán ser pautadas con anterioridad por cuaderno de comunicaciones o correo oficial. En las mismas deberá intervenir SIN EXCEPCIÓN. En caso de que exista una urgencia que motive la citación intempestiva de familiares de adultos y / o trabajadores de la institución, tal circunstancia debe ser comunicada al personal apostado en el ingreso del establecimiento para que, a quien concurra, no se le aplique el protocolo de los puntos precedentes.
e) En caso de resistencia, insistencia o desobediencia de las personas que se hagan presente en la institución, el personal apostado en el ingreso del mismo deberá intentar disuadir las mismas, del siguiente modo:
a) Explicar que se trata de un protocolo que debe obedecer, y que el visitante debe cumplir.
b) Advertir que en caso de resistencia, se va a ver obligado a comunicarse con la vía especial de la policía provincial para que intervenga en el caso.
c) Llamar al número policial que le brinde la dirección e informar que se intenta violar el protocolo e ingresar contra la voluntad de los directivos a un establecimiento escolar y requerir presencia.
Respecto al inciso B, hasta tanto el Ministerio de Educación logre garantizar los recursos necesarios, se arbitrarán las medidas conducentes respecto al ingreso y egreso de personas ajenas que eventualmente quieran ingresar al establecimiento.
